Marco legal |
Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 (Ley 19.653), de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.023, que Crea el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género; la Ley 21.640 de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, Resolución Exenta N° 1114/SG de fecha 29 de diciembre del año 2023 que aprueba el presupuesto para las direcciones regionales del periodo 2024; la Ley No 19.862 que establece el registro de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos; Ley N°19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto Supremo N°250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886; la Resolución Exenta RA N°121830/539/2020 de fecha 7 de septiembre 2020, del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, que establece el orden de subrogación de la Directora/or Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena; Resolución No265 de fecha 17 de abril de 2024, , que delega facultades a las Directoras Regionales del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género; Resolución exenta N°50 de 22 de abril de 2024, N°56, N°58 de mayo 2024, N°61/2024 y N°63 de junio 2024, todas de SernamEG Magallanes y la Antártica Chilena; Resolución N° 7 de 2019, que fija normas de exención del trámite de toma de razón y N° 14 de 2023, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y controles de Reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República. |