Marco legal |
Lo dispuesto en la Ley N'18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N e l (Ley 19.653), de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N019.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N'19.023, que Crea el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género; la Ley 21.395, de Presupuestos del Sector Público, año 2022; la Ley N 019.8S2 que establece el registro de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos; Resolución N0 19, de 30 de octubre de 2017, que delega facultades en las Directoras Regionales del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género; Resolución Exenta RA 121830/13/2022 sobre nombramiento de la Directora Regional de Magallanes y la Antártica Chilena; Resolución N'7 de 2019, que fija normas de exención del trámite de toma de razón y N016 de 2020, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que Se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y controles de Reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República |