Marco legal |
La Glosa 02 2.1 de la Ley N°21.289 de Presupuesto del Sector Público para el año 2021, que señala “Los Gobiernos Regionales podrán destinar hasta un 6% del total de sus recursos consultados en la presente ley aprobada por el Congreso Nacional a subvencionar las actividades a)cultura, b) deportivas y del programa Elige Vivir Sano, c) de seguridad ciudadana, d) de carácter social, incluyendo programas y actividades para la atención de personas discapacitadas con dependencia severa, y de prevención y rehabilitación de drogas, e) de atención de adultos mayores a integración y promoción del envejecimiento activo, y f) de protección del medioambiente y de educación ambiental, que efectúen las municipalidades, otras entidades públicas y/o instituciones privadas sin fines de lucro(…) quedarán excluidas de estos procedimientos los recursos que se destinen(…) a actividades de carácter social que se aprueben a instituciones privadas sin fines de lucro a otras entidades públicas”. |