Marco legal |
Lo dispuesto en la La Ley N°21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Ley Nº 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2.000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley 21.192, que fijó el presupuesto para el sector público para el año 2020; en el Decreto de Nombramiento N°50, de 2019, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Resolución Exenta N° 24, de 2018, que delega facultades en Secretarios Regionales Ministeriales; en lo dispuesto por las Resoluciones Nº 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República; en la Ficha de Solicitud de Convenio de fecha 27 de noviembre de 2020; y en el Convenio de Colaboración, con transferencia de recursos y ejecución de actividades, suscrito con fecha 11 de diciembre de 2020, entre la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el patrimonio, de La Araucanía y la Universidad Católica de Temuco. |