Marco legal |
Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y Modifica Cuerpos Legales que indica; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en las Leyes N° 21.125 y N° 21.192, ambas del Presupuesto del Sector Público para el año 2019 y 2020, respectivamente; en la Ley N° 20.379 que Crea el Sistema Intersectorial de Protección Social e Institucionaliza el Subsistema de Protección Integral a la Infancia “Chile Crece Contigo”; en la Ley N° 20.595, que Crea el Ingreso Ético Familiar que Establece Bonos y Transferencias Condicionadas para las Familias de Pobreza Extrema y Crea el Subsidio al Empleo de la Mujer; en el Decreto Supremo N° 29, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que Aprueba el Reglamento del Artículo 4° de la Ley N° 20.595, Sobre Usuarios del Subsistema de Protección y Promoción Social, “Seguridades y Oportunidades”; en el Decreto Supremo N° 34, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba Reglamento de la Ley N° 20.595, sobre Subsistema de Protección y Promoción Social “Seguridades y Oportunidades”; en el Decreto Supremo N° 30, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 20.595, Sobre Transferencia Monetarias y el Bono de Protección; en la Resolución Exenta N° 1.436 del 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que delega en los Secretarios Regionales Ministeriales de Desarrollo Social el ejercicio de la facultad de celebrar con las municipalidades de su respectiva región, convenios que tengan relación con la implementación del Sistema Intersectorial de Protección Social, y sus Subsistemas de Protección Integral a la Infancia “Chile Crece Contigo”, “Chile Solidario” y Subsistema denominado Seguridades y Oportunidades; en la Resolución Exenta N° 704, de 2018, de la Subsecretaría de Servicios Sociales, que Aprueba Orientaciones de Implementación, Ejecución, y Metodología de Intervención y Procedimientos de Gestión, del Modelo de Intervención del Subsistema “Seguridades y Oportunidades”, para Usuarios/as del artículo 4° letra a) de la Ley N° 20.595; en los convenios de transferencia de Recursos, suscritos entre la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y la Ilustre Municipalidad de Natales, aprobado mediante la Resolución Exenta N° 1.207 del 04 de noviembre de 2019, de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena; en la Resolución Nº 7, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y Resolución N° 8 que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República, y |