Marco legal |
Lo dispuesto en la Ley N? 18.575, Org?nica Constitucional de Bases Generales de la Administraci?n del Estado cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N? 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretar?a General de la Presidencia; en la Ley N? 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los ?rganos de la Administraci?n del Estado; la Glosa 03 de la partida 05, cap?tulo 10, programa 03, Fondo Social prevista en la Ley N? 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector P?blico para el a?o 2019; en el Decreto Ley N? 1.263, del a?o 1975, sobre Administraci?n Financiera del Estado; en el Decreto N? 964, del a?o 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad P?blica, que aprueba normas complementarias para la Administraci?n e inversi?n de recursos del Fondo Social; en la Resoluci?n N? 7, del a?o 2019, que fija normas sobre exenci?n del tr?mite de toma de raz?n, de la Contralor?a General de la Rep?blica; en la Resoluci?n N? 30, del a?o 2015, que fija normas de procedimiento sobre rendici?n de cuentas de la Contralor?a General de la Rep?blica; en la Resoluci?n Exenta N? 1.328 de 2011 que crea el Departamento de Acci?n Social y su modificaci?n mediante Resoluci?n Exenta N? 6320 de 2017, ambas de la Subsecretar?a del Interior; en la Resoluci?n Exenta N? 887 del 30 de enero de 2019, que Establece los Criterios y Pol?ticas de Selecci?n de Proyectos, Instrucciones del Fondo Social Presidente De La Rep?blica a?o 2019 y su modificaci?n mediante Resoluci?n Exenta N? 1142 del 27 de febrero de 2019, ambas de la Subsecretar?a del Interior y el Acta N? 5, de fecha 06/12/2019, del Comit? Tripartito en materia de asignaci?n de recursos del Fondo Social Presidente de la Rep?blica. |