Marco legal |
Lo dispuesto en la Ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en la Ley N° 21.125 que establece el Presupuesto Público para el año 2019; en la Resolución Exenta N° 24, de 2018, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que delega facultades en Secretarios Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Resolución Exenta N° 530, de 2018, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que aprueba las Bases de Concurso Público; en la Resolución Exenta N° 51, de 2018, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que modifica bases de Concurso Público; en la Resolución Exenta N° 104, de 2019, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que fija selección y no selección, ambas dictadas en el marco del concurso público, Convocatoria 2019 del Fondo de Fomento del Arte en la Educación; y en el convenio de ejecución de proyecto del fondo de fomento del arte en la educación, línea 4: instituciones y organismos de fomento del arte y la cultura que desarrollan proyectos con establecimientos educacionales modalidad mediación artística-cultural, convocatoria 2019, suscrito con fecha 08 de marzo de 2019, entre Subsecretaría de las Culturas y las Artes y la Agrupación cultural 4 Elementos. |