Objetivo del aporte |
LOS QUE SERÁN TRANSFERIDOS EN TRES CUOTAS. LA PRIMERA CORRESPONDE AL 50% DEL TOTAL DE LOS RECURSOS DEL CONVENIO A LA TOTAL TRAMITACIÓN DEL ACTO APROBATORIO, PARA LA DEBIDA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DESTINADAS AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS SEÑALADOS EN EL CONVENIO. LA SEGUNDA CUOTA, PODRÁ CORRESPONDER A UN MÁXIMO DE UN 25% RESTANTE DEL TOTAL DE RECURSOS Y ESTARÁ SUJETA A LA EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE METAS Y LA TERCERA CUOTA, PODRÁ CORRESPONDER A UN MÁXIMO DE UN 25% RESTANTE DEL TOTAL DE RECURSOS Y ESTARÁ SUJETA A LA EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE METAS, DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN LA PARTE EXPOSITIVA DE ESTE DECRETO. |