Folio | 1533011 |
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Clasificación | Otros |
Fecha decreto | 02-01-2012 |
Fecha ingreso | 19-07-2012 |
Período presupuestario | 2012 |
Institición emisora | 60.107.000-6: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO, ARICA |
Institución receptora | 71.551.500-8: UNIVERSIDAD SANTO TOMAS, ARICA |
Objetivo del aporte | SEGUNDO: Objeto Por este acto, las partes comparecientes, de acuerdo a sus respectivas atribuciones, objetivos y metas, manifiestan la intención de otorgarse mutua colaboración en la implementación del Programa Chile Acoge de Prevención de la Violencia Intrafamiliar, referido al modelo intervención de “Centros de la Mujer”. TERCERO: Objetivos Objetivo General: • Contribuir en el ámbito local a reducir la violencia contra la mujer, especialmente, la que se produce en las relaciones de pareja, mediante la implementación de un modelo de intervención integral con énfasis en la prevención comunitaria y la atención a mujeres que son víctimas de violencia. Objetivos Específicos: • Facilitar una instancia de contención, estabilización emocional, protección y atención a mujeres que viven violencia, fortaleciendo capacidades personales para enfrentar el problema del que son víctimas, mediante una intervención integral desde el punto de vista psicológico, social y legal, que les permita aumentar su autonomía y autoestima; fortalecer sus redes primarias y disminuir los niveles de violencia, riesgo y daño. • Fortalecer la intervención en el ámbito judicial, otorgando el patrocinio legal a las usuarias del Centro, de acuerdo a las directrices y protocolos de atención establecidos por SERNAM • Promover cambios culturales, generar compromiso de la comunidad, respecto de la lucha contra la VIF, implementando acciones de prevención socioeducativa y estrategias comunicacionales destinadas a prevenir la VIF, mejorar el acceso de las mujeres a la atención y fomentar la participación ciudadana en la reducción del problema. • Fortalecer la capacidad de prevención y respuesta a la violencia en contra de las mujeres, mejorando la pesquisa, detección precoz, derivación, atención oportuna y seguimiento, tanto de las mujeres que son atendidas en los Centros, como de aquellas que sin ser usuarias son parejas de hombres que participan del programa de reeducación de hombres que ejercen violencia. • Implementar acciones de capacitación a funcionarios/as de instituciones públicas y privadas y a integrantes de organizaciones comunitarias y redes de prevención, según las directrices y protocolos establecidos por SERNAM. • Generar y/o fortalecer los recursos existentes en la comunidad para la prevención de la violencia intrafamiliar, a través de la coordinación con organizaciones, instituciones y redes presentes en el territorio. • Generar y/o fortalecer vínculos con organismos estatales y de la sociedad civil, con el objeto de favorecer el proceso de reinserción social de las mujeres que sufren violencia. • Facilitar la implementación de un proceso de evaluación independiente que acredite los avances del modelo de intervención y su eficacia en la detección tratamiento y reparación del daño que causa la violencia en las usuarias de los Centros de la Mujer, propiciando la entrega sistematizada de toda la información requerida para esos efectos. Todos los objetivos deberán cumplirse según las directrices establecidas en el documento denominado Orientaciones Técnicas 2012, que se adjunta como anexo y forma parte integrante de este convenio. CUARTO: Focalización Territorial del Centro La intervención del Centro se efectuará en las comunas de Coquimbo, Andacollo y La Higuera, en las cuales se desarrollarán las acciones de atención psicosocial y jurídica, acciones de prevención/capacitación, trabajo en redes y atención a las mujeres que residan, estudien o trabajen dentro del área de focalización territorial del Centro. QUINTO: Líneas de Acción, Resultados y Coberturas Esperadas en cada una. El modelo del Centro incluye líneas de acción en los ámbitos de: I)Atención, II)Sensibilización/Prevención y Capacitación y III)Trabajo con Redes Las coberturas que se asignan al Centro en cada una de las líneas de acción para el año 2012, deberán cumplirse según el plan anual elaborado por cada Centro, que se estructura de acuerdo al diagnóstico territorial, que se levanta o actualiza cada año, el que debe enviarse a la Dirección Regional para su evaluación, aprobación y seguimiento. Por su parte las Direcciones Regionales deben informar a la Unidad Nacional de VIF del plan anual de cada Centro, durante el mes de enero de 2012. Las acciones de Atención, Sensibilización/Prevención y Capacitación y Trabajo con Redes, deberán realizarse de acuerdo a los lineamientos establecidos en el anexo de Orientaciones Técnicas 2012, que se incluye en el presente convenio y que constituye el referente para la aplicación en terreno del modelo de intervención Centros De la Mujer. Se debe considerar la eventual necesidad de adaptar los modelos de intervención a la realidad regional, a fin de garantizar su pertinencia en la ejecución y lo comprometido en el PMG de Descentralización de SERNAM. Por este motivo, cualquier diferencia que presente el convenio con el Anexo de Orientaciones Técnicas establecido por la Unidad Nacional de VIF de SERNAM, deberá ser comunicada por escrito, vía correo electrónico y aceptada de la misma forma por dicha Unidad. En caso de discrepancia, resolverá la Ministra Directora, por escrito, en un plazo máximo de siete días desde notificado el cambio a la Unidad Nacional de VIF. La Atención se mide desde el punto de vista del ingreso, la asistencia psicosocial y jurídica, el egreso, la deserción, la interrupción del proceso de intervención y el seguimiento. Las acciones de sensibilización, prevención y capacitación se registran y cuantifican de acuerdo a lo establecido en las Orientaciones Técnicas 2012. El trabajo con redes depende de si éstas existen en el territorio. En el primer caso, se exige la participación activa del equipo en las redes de apoyo ya instaladas, su consolidación y elaboración de nuevos vínculos que aporten al trabajo intersectorial. En caso de no existir redes deberá dejarse constancia en el plan y como meta del año deberán crearse alianzas estratégicas, convenios, protocolos o cualquier otra instancia de colaboración que permitan alcanzar el objetivo de disminuir y erradicar la VIF en el territorio. Las Coberturas esperadas por cada línea de intervención son las siguientes: I.1) Metas de Ingresos a Atención: El presente convenio cubrirá las comunas de Coquimbo, Andacollo y La Higuera, cuyo universo de población supera los 218.000 habitantes. Durante 2012, el Centro deberá ingresar a la línea de atención a un total mínimo de 301 mujeres. En este número estarán consideradas las mujeres derivadas desde las Casas de Acogida de SERNAM que continúan su proceso de atención en el Centro. I.2) Metas de Asistencia Jurídica La atención jurídica de los Centros de la Mujer, se entregará por sus abogados/as, las metas a cumplir en este ámbito son las que se indican a continuación: • Ofrecer información jurídica en materias de violencia intrafamiliar de tribunales de familia o penal, al 100% de las mujeres ingresadas al Centro. • Patrocinar las causas de violencia intrafamiliar en tribunales de justicia, ya sea en sede familia o penal y fiscalía, a todas las usuarias ingresadas al Centro que lo soliciten, teniendo como objetivo final patrocinar al menos al 25% de las usuarias. • Los porcentajes antes citados, deberán considerar el patrocinio del 80% de las mujeres que presenten violencia física severa al momento de su ingreso al Centro, salvo que ellas lo rechacen o ya cuenten con representación legal. Ambos casos deben constar en documento escrito y firmado por la usuaria que deniega el patrocinio. • La atención jurídica que deberán prestar los Centros de la Mujer, debe contemplar a las mujeres ingresadas a las Casas de Acogida, según lo establecido por la Unidad de VIF de la Dirección Regional que corresponda, y conforme a los lineamientos entregados por el Área Jurídica de la Unidad Nacional de VIF de SERNAM. • Debe prestarse orientación e información jurídica al 100% de las mujeres ingresadas en las Casas de Acogida. • Debe otorgarse patrocinio al 100% de las mujeres ingresadas en las Casas de Acogida, salvo que lo rechacen o cuenten con representación legal. Ambos casos deben constar en documento escrito y firmado por la usuaria que deniega el patrocinio Sin perjuicio de lo anterior, siempre se buscarán los mecanismos que permitan activar y/o mantener vigentes las medidas de protección pertinentes por la instancia judicial y/o fiscalía, según corresponda. La asistencia jurídica de los Centros de la Mujer, debe contemplar una estrategia jurídica de intervención, coordinado con el circuito de justicia de la comuna y región. Esta estrategia debe incorporarse en el Plan de Trabajo Anual que se incluye en documento denominado Orientaciones Técnicas 2012. |
Marco legal | VISTOS: Lo dispuesto en el articulo 3º de la Constitución Política de la República;; D.F.L. Nº 1, de 1991 del Ministerio de Planificación; DFL N° 1/Ley 19.653, de 2001,del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; Ley Nº 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; Resolución N1600, de 2008, de la Contraloría General de la República; , Ley N°20.557, de presupuesto del Sector Publico para el año 2012; Ley Nº 19.023; que creó el Servicio Nacional de la Mujer,Resolución N° 137 de 2001, Resolución Exenta N°812/SG, de 2011;, todas del Servicio Nacional de la Mujer . |
Monto | $ 11 501 349 |
Comuna destino | COQUIMBO (COQUIMBO) |