Folio | 1499829 |
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Clasificación | Otros |
Fecha decreto | 02-02-2012 |
Fecha ingreso | 02-05-2012 |
Período presupuestario | 2012 |
Institición emisora | 60.107.000-6: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO, ARICA |
Institución receptora | 71.551.500-8: UNIVERSIDAD SANTO TOMAS, ARICA |
Objetivo del aporte | SEGUNDO: Objeto Por este acto, las partes comparecientes, de acuerdo a sus respectivas atribuciones, objetivos y metas, manifiestan la intención de suscribir el presente convenio de implementación y ejecución, propiciando la mutua cooperación y colaboración en la administración, implementación y ejecución del Programa Chile Acoge de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar: “Centro de Hombres por una Vida sin Violencia”, en adelante “El Centro de Hombres por una Vida sin Violencia o Centro de Hombres” de acuerdo al documento: “Orientaciones Técnicas 2012 para intervención con hombres que ejercen violencia”, y el plan anual de trabajo 2012, instrumentos que se adjuntan y que forman parte integrante del presente Convenio para todos los efectos legales. TERCERO: Objetivos Objetivo General: Implementar y preparar el “Centro de Hombres por una Vida sin Violencia” en términos de infraestructura y personal; y posteriormente proporcionar una intervención psicosocioeducativa especializada a hombres que ejercen violencia contra la mujer, en el contexto de pareja, en el ámbito intrafamiliar. Objetivos Específicos: 1. Promover y favorecer mediante la atención psicosocioeducativa especializada la disminución, detención y eliminación de la violencia ejercida por hombres en contra de las mujeres en el ámbito intrafamiliar de pareja, así como las posibilidades de reincidencia de ésta. 2. Promover una Respuesta Comunitaria Coordinada frente a esta forma de violencia, con el foco principal puesto en la responsabilidad ante las mujeres víctimas de los hombres que son atendidos en el Centro de Hombres. 3. Velar por la integridad, seguridad y protección de las personas víctimas de violencia de pareja (mujeres, niñas, niños y adultos mayores), a través de una intervención especializada a hombres que generan violencia hacia la pareja. 4. Propiciar en los hombres atendidos en el Centro de Hombres, procesos de responsabilización de su propia violencia y las consecuencias de ésta, mediante la atención psicosocioeducativa especializada. 5. Promover procesos de resocialización que contribuyan a visibilizar en los hombres los fundamentos socioculturales que motivan la violencia contra la mujer en el ámbito intrafamiliar, y que faciliten una vinculación con la mujer y con hijos e hijas de manera equitativa, democrática, empática, sensible, cercana y responsable. 6. Implementar completamente el Centro de Hombres, en términos de infraestructura, equipamiento y equipo, de acuerdo a las orientaciones técnicas. 7. Capacitar y supervisar de manera constante al equipo profesional que dará atención en el Centro de Hombres. 8. Facilitar la implementación de un proceso de evaluación independiente que acredite los avances del modelo de intervención y su eficacia en la intervención destinada a lograr grados de cambio en la violencia, propiciando la entrega sistematizada de toda la información requerida para esos efectos. Todos los objetivos deberán cumplirse según las directrices establecidas en el documento denominado Orientaciones Técnicas 2012, que se adjunta como anexo y forma parte integrante de este convenio. CUARTO: Focalización Territorial del Centro La intervención del Centro de Hombres por una Vida sin Violencia se efectuará en la Región de Coquimbo, donde se desarrollarán las acciones de resocialización y reeducación con hombres que ejercen violencia y trabajo en redes, ofreciendo la posibilidad de atención a hombres que califiquen para el ingreso a intervención según las orientaciones técnicas 2012, que residan, estudien o trabajen dentro del área de focalización territorial del Centro de Hombres. |
Marco legal | Lo dispuesto en el articulo 3º de la Constitución Política de la República;; D.F.L. Nº 1, de 1991 del Ministerio de Planificación; DFL N° 1/Ley 19.653, de 2001,del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; Ley Nº 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; Resolución N1600, de 2008, de la Contraloría General de la República; , Ley N°20.557, de presupuesto del Sector Publico para el año 2012; Ley Nº 19.023; que creó el Servicio Nacional de la Mujer,Resolución N° 137 de 2001, Resolución Exenta N°812/SG, de 2011;, todas del Servicio Nacional de la Mujer . |
Monto | $ 9 889 883 |
Comuna destino | LA SERENA (COQUIMBO) |