Folio | 1374475 |
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Clasificación | Otros |
Fecha decreto | 23-08-2011 |
Fecha ingreso | 23-08-2011 |
Período presupuestario | 2011 |
Institición emisora | 60.107.000-6: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO, ARICA |
Institución receptora | 70.015.680-K: FUNDACIÓN MI CASA, TEMUCO |
Objetivo del aporte | Objetivo General: La Casa de Acogida es un espacio temporal y seguro, financiado por el SERNAM, para mujeres en situación de riesgo vital y/o víctimas de VIF grave ( ), que ofrece atención psicosocial y legal, en modalidad residencial, como una estrategia de protección para ellas, sus hijos e hijas, con un enfoque integral y con perspectiva de género. En este marco, el objetivo general de la Casa de Acogida es “ofrecer protección temporal a mujeres que se encuentran en situación de riesgo vital y/o víctimas de VIF grave, principalmente por parte de su pareja”. Esta tarea se realiza en coordinación con el Ministerio Público y otras instituciones otorgándoles un lugar seguro de residencia, atención psicosocial y jurídica, así como apoyo para la reelaboración de su proyecto de vida y proceso de autonomía. Objetivos Específicos: 1. Garantizar un espacio de residencia seguro y de carácter temporal, tanto a las usuarias de las casas de acogida; así como a sus hijos e hijas de hasta 12 años de edad. 2. Cubrir las necesidades básicas de las mujeres y sus hijos/as, mientras se encuentren en la Casa (alojamiento, comida y servicios). 3. Ofrecer atención psicosocial y jurídica. 4. Entregar apoyo para reelaboración de su proyecto de vida y proceso de autonomía. 5. Coordinación para insertar y/o cubrir las necesidades en salud, educación, habilitación y/o inserción laboral, favoreciendo el acceso a las instancias que potencien la posibilidad de empleo de las usuarias de las Casas de Acogida. 6. Propiciar la restitución o creación de una red primaria, que favorezca la protección de las mujeres y sus hijos/as una vez que estas salgan de la Casa de Acogida. 7. Gestionar las acciones legales que corresponda para la dictación o vigencia de las medidas de protección/cautelares a favor de las mujeres y sus hijos/as, según corresponda. 8. Entregar elementos y desarrollar estrategias propias o coordinadas con terceros, para la atención médica, apoyo psicosocial y acceso a procesos de reparación en su calidad de víctimas indirectas, directas o colaterales, de los hijos/as de las mujeres que se encuentran en las Casas de Acogida. 9. Coordinación para la reubicación en establecimientos educacionales cercanos a la Casa de Acogida en los casos que los hijos/as lo requieran |
Marco legal | VISTOS: Lo dispuesto en el articulo 3º de la Constitución Política de la República;; D.F.L. Nº 1, de 1991 del Ministerio de Planificación; Resolución N 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, Ley N°20.481, de presupuesto del Sector Publico para el año 2011; Ley Nº 19.023; que creó el Servicio Nacional de la Mujer,Resolución N° 137 de 2001, Resolución Exenta N°910/SG, de 2010;, todas del Servicio Nacional de la Mujer y Resolución N 520, de 1996, de la Contraloría General de la República; y sus modificaciones. |
Monto | $ 34 925 527 |
Comuna destino | LA SERENA (COQUIMBO) |